El proceso de devolución de aportes del Fonavi incluye un esquema de herencia que establece un orden de prioridad para los familiares del fonavista fallecido. Según las normativas vigentes, la distribución de los fondos se rige por un criterio sucesorio específico, asegurando que los aportes lleguen a los beneficiarios correspondientes.
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¿Quiénes tienen derecho a reclamar los aportes?
✅ Cónyuge o conviviente registrado en una unión de hecho
La primera prioridad recae en el cónyuge sobreviviente o en la pareja de hecho legalmente reconocida. Para acreditar este vínculo, es necesario presentar documentación oficial que valide la relación con el fonavista fallecido.
✅ Hijos del fonavista fallecido
Si el aportante no dejó cónyuge o conviviente, sus hijos biológicos o adoptivos son los siguientes en la línea de sucesión y pueden solicitar la devolución de los aportes.
✅ Padres del aportante
En ausencia de cónyuge, conviviente e hijos, los padres del fonavista tienen derecho a reclamar los fondos acumulados.
✅ Hermanos del beneficiario
Si no existen cónyuge, hijos ni padres, los hermanos del fonavista fallecido pueden realizar el trámite de reclamo de los aportes.
✅ Otros herederos designados en testamento o sucesión intestada
En caso de que no haya familiares directos en las categorías anteriores, aquellos mencionados en un testamento válido o determinados mediante un proceso de sucesión intestada podrán acceder a la devolución de los aportes.
¿Cómo realizar el trámite de devolución?
Para reclamar los aportes del fonavista fallecido, los herederos deben presentar los documentos que acrediten su parentesco o derecho sucesorio ante la Comisión Ad Hoc del Fonavi. Es importante seguir los procedimientos establecidos y cumplir con los requisitos legales para garantizar una solicitud exitosa.
Si eres familiar de un fonavista fallecido, verifica tu condición dentro del orden de prioridad y realiza los trámites correspondientes para acceder a la devolución de los aportes. ¡Infórmate y reclama lo que te corresponde!
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